Calcule el salario proporcional para jornadas parciales según las horas y días trabajados.
Base legal: Art. 10 bis del Código de Trabajo (Ley 9343 de Reforma Procesal Laboral). Los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos laborales de forma proporcional.
Salario base
₡
Ingrese el salario que corresponde a la jornada completa del puesto.
Jornada base
Jornada parcial
Resultado
Factor proporcional
Factor por horas (0/8h) 0.0%
Factor por días (0/6d) 0.0%
Factor total0.0%
Referencia
Salario por hora ₡0
Salario por día ₡0
Salario proporcional mensual ₡0
Información importante
El trabajador a tiempo parcial tiene derecho a vacaciones, aguinaldo y cesantía proporcionales.
Las cargas sociales (CCSS) se calculan sobre el salario proporcional.
El salario mínimo se aplica proporcionalmente a la jornada parcial.
Sobre esta calculadora
El salario proporcional permite calcular la remuneración correcta para trabajadores con jornada reducida o parcial en Costa Rica. Conforme al artículo 167 del Código de Trabajo, quien labora menos horas que la jornada ordinaria completa tiene derecho a un salario proporcional al tiempo trabajado, sin que ese monto pueda ser inferior al salario mínimo por hora de su categoría según el decreto vigente del MTSS. Esta calculadora determina el salario bruto mensual correspondiente a cualquier combinación de horas y días de trabajo.
Última actualización: 15 de enero de 2026
Preguntas frecuentes
Se toma el salario mínimo o el salario pactado para jornada completa y se divide entre el total de horas ordinarias mensuales de esa jornada. Luego se multiplica por las horas efectivamente trabajadas, conforme al artículo 167 del Código de Trabajo.
Sí, de forma proporcional. Tiene derecho a vacaciones, aguinaldo, cesantía y todos los demás beneficios en proporción a las horas trabajadas respecto a la jornada completa, según el principio de proporcionalidad del Código de Trabajo.
La ley no establece un mínimo de horas para el trabajo a tiempo parcial. Lo que sí exige es que el salario sea proporcional al salario mínimo de la ocupación y que el trabajador goce de todos los derechos laborales de manera proporcional.
Sí, la legislación permite jornadas reducidas. El contrato debe especificar las horas semanales pactadas y el salario proporcional correspondiente, respetando en todo caso el salario mínimo por hora aplicable a la categoría.